Empresas cuyo objetivo prioritario es promover el empleo a trabajadores con discapacidad
En la actualidad hay dos posibilidades de integración laboral de las personas con discapacidad. De un lado, la integración directa en el mercado abierto ordinario de trabajo y de otro la integración en el mercado protegido a través de centros especiales de empleo.
Las empresas públicas y privadas que cuentan con 50 o más trabajadores fijos en sus plantillas deben emplear a un número de trabajadores con discapacidad no inferior al 2% de su plantilla. La Administración Pública debe reservar un 5% de las plazas en las convocatorias de funcionarios y de personal laboral. Dada la baja incidencia del cumplimiento de la cuota de reserva, desde el año 2000, existe la posibilidad de acogerse a mediadas alternativas, entre las que destaca la contratación de bienes o servicios a centros especiales de empleo.
Los centros especiales de empleo son empresas de economía social que compatibilizan la viabilidad económica y su participación en el mercado con su compromiso social hacia colectivos con menores oportunidades en el mercado de trabajo.. Su estructura y organización es la misma que la de las empresas ordinarias.
Su plantilla está constituida por el mayor número de personas discapacitadas que permita su capacidad productiva, cuyo número no puede ser inferior al 70% respecto del total de los trabajadores.